“No falsifique su registro horario”
¿Qué hay de nuevo?
Desde Gestión Sur Consultores seguimos con nuestra búsqueda de novedades laborales, en este caso traemos una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
En dicha Sentencia se declara procedente el despido disciplinario del trabajador por el abandono de su puesto de trabajo para llevar a cabo actividades privadas mientras “teletrabajaba”. El empleado no tenía permiso de la empresa y en los registros de jornada aparecían dichas horas como trabajadas. El tribunal afirma que los hechos cometidos son de suficiente gravedad para suponer una trasgresión de la buena fe contractual y un grave abuso de confianza.
¿Y la teoría gradualista?
En la confianza no hay grados, simplemente se abusa o no de ella. Todo ello amén de la jurisprudencia sentada por el TS en relación a la proporción entre la infracción, sanción y perjuicios causados.
Gestión Sur Consultores
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